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Diez claves sobre derecho espacial (I)

El 25 de septiembre de 2010, el periódico británico Sunday Times causó un gran revuelo en todo el mundo al publicar la noticia de que la astrofísica malaya Mazlan Othman había sido nombrada embajadora de las Naciones Unidas para el Espacio, con el objetivo de coordinar la respuesta de la Tierra ante una posible comunicación con seres extraterrestres.

La información corrió como la pólvora y –a pesar de que tanto la ONU como la propia interesada negaron inmediatamente los hechos– todos los medios internacionales se hicieron eco de aquel bulo sobre la supuesta alien ambassador.

Siendo positivos, esta noticia ha vuelto a poner de actualidad una de las ramas más desconocidas del Derecho Internacional: el Derecho del Espacio. Un sector jurídico relativamente joven que iremos desgranando en varios capítulos de la mano del escritor y jurista, Carlos Pérez Vaquero, quien además es guionista del programa de Planetario del Museo de la Ciencia de Valladolid, el Juez de la Luna. A continuación los dos primeros puntos.

Introducción

El Derecho Internacional del Espacio surgió contracorriente. Si el proceso normativo habitual es que cada país legisle sobre una determinada materia y que, posteriormente, se reúna con otras naciones para tratar de acercar sus regulaciones y suscribir un acuerdo internacional, con el espacio ocurrió justo lo contrario: primero surgió el Derecho Internacional –con meras recomendaciones, lo que se conoce con el término anglosajón de soft law (derecho suave o blando)- y tratados internacionales al amparo de las Naciones Unidas– y, en un segundo momento, posterior, fue cuando los países empezaron a tener en cuenta ese conjunto de normas internacionales a la hora de regular este ámbito en su propio ordenamiento jurídico interno.

Sólo existen otras dos materias en las que haya ocurrido un proceso similar: los Derechos Humanos y el Derecho Internacional del Medio Ambiente.

¿Dónde comienza el espacio?

Aunque se trata de una pregunta evidente, sorprende que desde un punto de vista jurídico no tenga respuesta.

Sabemos que un país aplica sus propias leyes sobre las famosas 12 millas de su mar territorial, incluyendo el espacio aéreo, por encima, y el lecho marino y el fondo del mar, por debajo; pero ¿hasta qué altura llega ese espacio aéreo? ¿Dónde acaba la atmósfera y empieza el espacio exterior? No existe ningún tratado internacional que establezca el límite del espacio ultraterrestre; a pesar de ello, algunos países –como Australia– y organizaciones –como la Federación Aeronáutica Internacional– sitúan esa frontera entre la atmósfera y el espacio exterior en los 100 km. sobre el nivel del mar. Es la llamada Línea de Kármán, en homenaje al apellido de un científico húngaro. Para que tengamos una imagen más visual de esta línea, se correspondería justo con esa panorámica de nuestro planeta donde la Tierra aparece rodeada por una especie de halo blanquiazul, antes de perderse en la espesura negra del espacio exterior. Más o menos, a esa altura la densidad de la atmósfera es tan baja que una aeronave ya no puede volar con normalidad.

¿Existe algún precedente jurídico anterior al desarrollo de la carrera espacial?

Fue muy posterior a los novelistas que se adelantaron a su época con el género de la ciencia ficción –algunos tan conocidos como Julio Verne y su novela De la Tierra a la Luna (la primera obra que trató el tema de los viajes espaciales desde un punto de vista científico con tanto acierto que, cuando la escribió en 1865, ya aventuró que los cohetes saldrían al espacio desde la península de Florida, o que los primeros lanzamientos serían tripulados por animales, como sucedió con la perra Laika, en 1957) frente a completos desconocidos, caso del ruso Konstantin Tsiolkovsky y sus Sueños de la Tierra y el cielo (1885)– lo cierto es que, desde un punto de vista jurídico, el primer antecedente que se conoce se remonta a 1932, cuando el abogado checo Vladimir Mandl publicó su libro El derecho espacial. Un problema de viajar a través del espacio donde remarcó, precisamente, que el Derecho del espacio debía ser una rama jurídica independiente pero regida por los principios del derecho del mar y la ley del aire.

Veinte años más tarde, retomó el debate un profesor de la Universidad de Colonia (Alemania), Alex Meyer, durante el III Congreso Internacional Astronáutico que se celebró en Stútgart (1952) al afirmar que en el futuro, las naciones deberán llevar a cabo un convenio en el que acordarán abstenerse de utilizar el espacio exterior con fines bélicos.

¿Cuándo se comenzó a regular esta materia? ¿Qué es el Corpus Iuris Spatialis? ¿Existen acuerdos internacionales sobre esta materia? Éstas y otras muchas más preguntas encontrarán respuesta en capítulos sucesivos.

Imagen de la sesión de Planetario El Juez de la Luna

Imagen de la sesión de Planetario El Juez de la Luna

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